La Administración Pública en su actuación genera actos administrativos que afectan a uno o varios interesados, los cuales pueden no estar de acuerdo con la decisión de la Administración.
¿Qué pueden hacer ante dicha decisión? El instrumento que tienen para impugnar dichos actos son los recursos administrativos.
Estos recursos se resuelven en vía administrativa, y el interesado lo que pide es la invalidez del acto, por considerar que contiene algún vicio recogido en la propia ley.
En esta clase vamos a indicar qué recursos administrativos recoge la Ley 39/2015 y las características de cada uno de ellos.
Es una parte fundamental en la preparación de cualquier oposición, ya que está incluido en el programa de las diferentes convocatorias.
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Con Susana Laín | Experta en oposiciones y profesora de MasterD